Resumo

Estamos en un momento en que cualquier propuesta de actividad físico-deportiva es bienvenida por la sociedad, que inmediatamente le asocia repercusiones positivas sobre la salud, la belleza, el espíritu, la moral, la educación, la socialización, la recreación o cualquier aspecto socialmente deseable. Así encontramos una amalgama cada vez más extensa de actividades de fitness, en la naturaleza, deportes de riesgo y una larga, si no infinita, variedad de modalidades. En el ámbito de los deportes de combate en los últimos años ha proliferado la práctica de una serie de disciplinas como el full contact, el kickboxing, el valetudo o las denominadas artes marciales mixtas con una importante carga violenta en el desarrollo de sus competiciones. En este trabajo se realiza un análisis crítico de estas modalidades partiendo de la teoría del deporte en el proceso de civilización, de Norbert Elias y Eric Dunnnig (1992). Para estos autores el deporte moderno supone un cambio estructural respecto a las prácticas físicas anteriores. La principal característica del deporte moderno, dentro del proceso civilizador, está en el control de la violencia a través de un enfrentamiento, limitado en el tiempo y el espacio, basado en la emoción por ganar pero en el marco de un reglamento. La evolución de los reglamentos de los diversos deportes se caracteriza por un control cada vez mayor de la violencia. La mayoría de los deportes, aunque en algunos de ellos exista contacto físico, el objetivo de la competición no está en el cuerpo de los adversarios. El problema surge cuando el objetivo es el cuerpo del adversario. En este sentido, es significativa la relación que establece Pierre Parlebas (1981) entre la distancia de guardia y la violencia de las técnicas de ataque de los deportes de combate, de manera que cuanto mayor es la primera, más violentas resultan estas acciones. Algunos deportes de combate, como los de lucha con agarre (judo, lucha libre olímpica, lucha grecorromana o lucha canaria), han evolucionado en sus reglamentos eliminando las acciones peligrosas o que pudiesen dañar al adversario (Brousse, Villamón y Molina, 2011; Villamón y Brousse, 2002). Otros deportes de combate, como los que emplean armas (esgrima, kendo) o los que se basan en golpes (como el taekwondo o el kárate), además de eliminar algunas acciones peligrosas, es obligatorio el uso de protecciones corporales. El problema está en aquellas modalidades de combate que no utilizan o minimizan el uso de estas protecciones y que, además, son muy permisivas en la utilización de técnicas de combate cuerpo a cuerpo, porque su objetivo en competición consiste directamente en dañar al adversario intentándolo noquear, dejándole fuera de combate. ¿Podemos considerar como deporte estas modalidades de combate cuerpo a cuerpo?

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